Menchaca Quiere Promover su Revocación, pero la ley lo Prohíbe

Por Miriam Camacho

Parece que el anuncio del gobernador, Julio Menchaca Salazar, para ser el principal promotor de la revocación de mandato, obedece más a un tema político que a algo factible pues según la ley de Revocación de Mandato del Estado de Hidalgo, ningún integrante del poder ejecutivo, legislativo o judicial, servidores públicos, ayuntamientos o partidos políticos pueden intervenir en las etapas del proceso por lo que tendría que ser un asunto netamente ciudadano.

Otro tema que sale a relucir es que en el marco local y en el Código Electoral es que se consignan expresamente como infracciones el usar recursos públicos para la obtención de firmas, es decir que ni autoridades ni dependencias pueden usar dinero, bienes o medios oficiales para ello, esta prohibición está prevista como infracción y sancionable pero no significa que ningún “gasto público” pues el ente encargado de llevar a cabo el proceso es el Instituto Estatal Electoral (IEEH) y dispone de dinero público para sus actividades.

Por eso es habitual que el IEEH solicite y ejerza recursos públicos (presupuesto institucional) para cubrir actividades administrativas y logísticas, como impresión de formatos, operativo de verificación, personal, arrendamiento; al respecto, el Consejo del IEEH aprobó una ampliación por aproximadamente 14 millones de pesos para la primera etapa (registro, validación y operativos iniciales).

Es decir, el IEEH si puede utilizar este recurso (aunque sea dinero público) para llevar a cabo el proceso, pero los servidores no pueden usarlo para promover o evitar el desarrollo del mismo, pues ahí si aplicarían sanciones, también se indica a los partidos políticos y servidores públicos que no pueden usar la estructura pública para promover o recabar apoyo, solo pueden hacerlo ciudadanos y organizaciones civiles.

Al respecto, el gobernador y la Secretaría de Hacienda estatal han declarado que hay disponibilidad y que la ampliación sería autorizada (en la ampliación presupuestal para el periodo del 5 de septiembre al 31 de diciembre) esta fue por 14 millones 16 mil 944.55 pesos para la etapa inicial.

La propuesta del gobernador para revocarse a sí mismo no prosperó pues de acuerdo con el artículo 16 fracción III, se impide a los titulares de los poderes hacer la promoción, pero igual la solicitaron en su calidad de ciudadanos Pablo Apodaca Sincel y Tonatiuh Herrera Gutiérrez.

En caso de que estos ciudadanos den seguimiento, la recolección de firmas corre por cuenta de los promoventes u organizaciones a través de recursos privados, voluntariado, o donaciones privadas, siempre y cuando no provengan de recursos públicos.

De los más de 14 millones, 8 serán asignados a la Dirección Ejecutiva de Administración del IEEH para fines administrativos y de logística, las etapas incluidas serían según el plan integral de actividades la de registro de promoventes, verificación, operativos, materiales, entre otros.

Si este presupuesto no se ejerciera porque no se llevan a cabo las actividades para lo que fue etiquetado, el recurso podría quedar “en reserva” del IEEH, podría regresarse al erario estatal si se trata de fondo público asignado y no fue comprometido o se reasigna a una cuenta de remanentes.

No hay sanciones específicas, pero si no se justificara la no utilización, podría el IEEH tener que rendir cuentas a la contraloría estatal, auditorías o incluso sanciones en términos de responsabilidad fiscal si hubiera uso ilegal del gasto.

Como se trata de un ejercicio inédito en la entidad, el IEEH estará bajo lupa: la contraloría estatal y auditorías internas o externas revisarán que el gasto se apegue a la ley y que no se utilicen recursos públicos para hacer propaganda, la ruta hacia la revocación está abierta, pero solo para la ciudadanía: la ley dejó fuera al gobernador.

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