
Columna Balcón Político
Por Carlos Camacho
De los 12 asuntos a revisar hoy en la sesión de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), el expediente SUP-JG-58/2026, simplemente se sobreseyó y quedó sin efecto el nombramiento del titular del Órgano Interno de Control (OIC) del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo (TEEH), porque la persona que nombró el Poder Judicial, decidió renunciar al cargo.
Lo que pudiera parecer un acto meramente administrativo, alcanza otra dimensión, pues con sus alegatos, el TEEH, echó abajo una determinación unilateral del Poder Legislativo local que el 29 de junio pasado, nombró a cuatro titulares de los OIC en el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Hidalgo (CDHEH), de la Auditoría Superior del Estado de Hidalgo (ASEH) y del TEEH.
Los titulares de la CDHEH, de la ASEH y del IEEH podrían tomar la ruta seguida por el magistrado presidente del TEEH, Leodegario Hernández Cortés, si desearan echar abajo la decisión del Poder Legislativo, pero a ellos paree no incomodarles la acción del Congreso local.
Al margen de las cuestiones legales y los argumentos esgrimidos por el TEEH para que el TEPJF le diera la razón y anticipara en el anteproyecto que se discutiría hoy, esta acción sienta un precedente que deja mal parado al Poder Legislativo, que cuenta con una mayoría de diputados surgidos de las filas del Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y que preside el diputado Andrés Velázquez Vázquez.

En su alegato, el Congreso local argumentó que la Sala Superior del TEPJF carece de competencia para conocer del asunto al considerar que la propuesta y designación del titular del OIC “no es materia electoral sino administrativa”.
La respuesta fue que su planteamiento es infundado, “toda vez que las controversias sobre el funcionamiento interno de los tribunales electorales locales sí son de naturaleza electoral”.
Luego resolvió que los agravios son sustancialmente fundados y suficientes para revocar la designación de la persona titular del OIC efectuada por el Congreso local, toda vez que ello representa un riesgo para los principios de autonomía e independencia del Tribunal local.
Anticipado de cómo vendría la resolución de la Sala Superior del TEPJF, el fugaz titular del OIC en el TEEH, decidió pasar la pena de la revocación de su nombramiento y prefirió anticipar su renuncia al cargo, con lo que la ahorró la tarea a los magistrados de la Sala Superior del TEPJF, que decidieron sobreseer el caso.
